Artículo de Opinión de Vicent Gregori, alumno de Capitol

1º Grado Superior Marketing y Publicidad

Desde hace años los diferentes puestos de trabajo han ido adaptándose a rigurosas, estrictas y elaboradas normas que potencian cada vez más la prevención de riesgos laborales, basado todo esto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y las sucesivas normas que se han ido aprobando a lo largo de los años, como mejora a los espacios y condiciones de trabajo en las diferentes actividades económicas.

Pero a todas esas medidas, que tanto han servido para mejorar las condiciones físicas laborales de los trabajadores, ahora se suma un reto aún mayor, adaptar todo lugar de trabajo a la pandemia del COVID-19.   

Por una parte, tanto grandes empresas, como pymes y autónomos, se han visto obligados, en muchos casos, a adecuar e instaurar el teletrabajo, aunque sea a la fuerza, debido a la situación de Estado de Alarma y la imposibilidad de salir a la calle. Esto ha convertido a las casas de los trabajadores como los nuevos centros de trabajo, sin saber hasta cuándo, en qué condiciones y cómo se controla la asistencia, pero eso ahora mismo, es lo menos importante.

El Trabajo y la Salud siempre han estado relacionados, ya que ambos se influyen de manera recíproca, tanto de forma positiva como negativa.

Por una parte, el trabajo proporciona recursos económicos y favorece el desarrollo personal, profesional y social. Pero, por desgracia, son muchos los trabajadores que se han visto afectados por un ERTE, en el mejor de los casos, y que siguen con preocupación, la situación de crisis sanitaria, pero también la económica, que va a derivar de la parálisis mundial de casi todas las actividades económicas (a excepción de las denominadas esenciales).

Por otra parte, el trabajo produce riesgos laborales y puede generar daños a la salud. Aunque en esta situación, me atrevería a decir, que esta última afirmación se ha invertido, es la salud la que va a provocar daños irreparables en el trabajo. A partir de ahora, las medidas de prevención de riesgos laborales, no solo van a girar en torno a cómo mejorar mi espacio de trabajo para que sea un lugar idóneo para el trabajador, sino que además es el propio trabajador (obligación de la empresa) quien ha de adoptar medidas para proteger su lugar de trabajo de posibles riesgos de contagio, al fin de evitar la propagación del virus COVID-19.

Desinfeccion Centros de Trabajo COVID-19

Por tanto, evitar el contagio, se va a convertir en los próximos días, semanas o meses, en un elemento fundamental en la prevención de riesgos laborales, del día a día de cualquier empresa, trabajador o cliente. Este nuevo factor riesgo ambiental, ha venido para quedarse.

La LPRL establece los conceptos básicos en prevención de riesgos laborales, determina las obligaciones de los empresarios y los derechos de los trabajadores, y es la base de toda la legislación existente en España sobre la seguridad y la salud de los trabajadores. Ahora es momento de priorizar sus objetivos:

  • Proteger la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Eliminar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  • Proporcionar información, consulta, participación equilibrada y formación a los trabajadores en materia preventiva.

Técnicas de prevención y protección en el trabajo

Aunque la obligación principal del empresario es la de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, y adoptar cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, singularmente aquellos considerados especialmente sensibles (menores de edad, embarazadas, discapacitados), también los trabajadores tienen sus obligaciones (velar por su seguridad y salud en el trabajo, y también por la de otras personas a las que afecte su actividad, utilizar correctamente los dispositivos de seguridad, y los medios y equipos de protección dados por el empresario e informar de cualquier situación de riesgo) y derechos (recibir información y formación, vigilancia de su salud a través de reconocimientos médicos, paralizar la actividad laboral por riesgo grave e inminente, y abandonar el puesto de trabajo sin ser sancionados y recibir los equipos de protección individual necesarios).

Por todo ello, se ha de hacer más hincapié en las medidas de prevención en el trabajo, tanto las técnicas de prevención como las de protección.

En cuanto a las técnicas de prevención, hay que destacar la higiene industrial (prevención de aparición de enfermedades profesionales). El Coronavirus se ha convertido en un contaminante biológico que puede aparecer en cualquier lugar de trabajo, sin distinción.

En referencia a las técnicas de protección, donde diferenciamos entre las medidas de protección colectiva y las individuales. Mientras que las medidas colectivas tienen como objetivo la protección simultánea de varios trabajadores expuestos a un determinado riesgo, entre ellos con la actual pandemia hay muchas actividades económicas que van a necesitar de resguardos para protegerse del contagio como, por ejemplo, estamos viendo en las farmacias con pantallas de metacrilato para protegerse cuando se atiende a un cliente. Por lo que respecta a las segundas, las medidas individuales, los Equipos de Protección Individual (EPI), se han convertido en elemento esencial de trabajo, especialmente de aquellos que están a día de hoy en la primera línea de esta batalla contra el virus, sanitarios, pero que va a ser fundamental para el desarrollo de muchas actividades económicas por una cuestión de protección y de seguridad laboral.

Sabemos que la probabilidad de contagio es “Alta” y la gravedad del daño es “extremadamente dañina”, por tanto, solo nos queda que actuar y, además con rapidez. La salud y el trabajo, el trabajo y la salud de muchas personas, está en juego.

Vicent Gregori Acosta

 

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